VERIFICACIÓN DE INFORMACIÓN COMERCIAL
Mediante los procesos de Verificación de Información Comercial se brinda a los importadores, fabricantes y comercializadores, la certeza de que la información que se presenta en los empaques, instructivos, y garantías de sus productos, cumple con las Normas Oficiales Mexicanas establecidas.
Existen dos documentos con los que se demuestra el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas:
Uno es la CONSTANCIA DE CONFORMIDAD y el otro es el DICTÁMEN DE CUMPLIMIENTO.
¿QUE NECESITO? ¿CONSTANCIA O DICTAMEN?
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¿EN QUE CASOS ES REQUERIDA LA CONSTANCIA?
La constancia es requerida cuando el producto ya viene correctamente etiquetado desde el origen.
Se recomienda que el importador la obtenga antes de comenzar el proceso de etiquetado en el país de origen, con ello asegurará que su producto ya venga cumpliendo desde el origen.
¿EN QUE CASOS ES REQUERIDO EL DICTAMEN?
El dictamen es requerido cuando el producto ya está en la aduana mexicana y no cuenta con etiquetado o bien este no cumple con la Norma Oficial Mexicana de referencia, en cuyo caso el importador deberá comenzar el proceso de dictaminación por parte de una UVA.
En Casmar apoyamos a los importadores a realizar este proceso de inicio a fin para que sea llevado con éxito.
¿EN QUE NORMAS PODEMOS AYUDARLE?
Técnicamente podemos ayudar en todas las normas de Información Comercial, sin embargo las más comunes son las siguientes:
NOM-004-SCFI* – Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa”.
NOM-015-SCFI* – Etiquetado para juguetes”.
NOM-017-SCFI* – Etiquetado de artículos reconstruidos, usados o de segunda mano, de segunda línea, discontinuados y fuera de especificaciones”.
NOM-020-SCFI* – Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, marroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales”.
NOM-024-SCFI* –“Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos”.
NOM-050-SCFI* – Etiquetado general de productos”.
NOM-051-SCFI/SSA1*.“Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados – Información comercial y sanitaria”.
NOM-055-SCFI* – Materiales retardantes y/o inhibidores de flama y/o ignífugos-Etiquetado”.
NOM-116-SCFI* –“Industria automotriz-Aceites lubricantes para motores a gasolina o a diesel.
NOM-141-SSA1/SCFI* – “Etiquetado para productos cosméticos preenvasados”.
NOM-142-SSA1* –“Bienes y servicios. Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias. Etiquetado comercial”.
NOM-162-SCFI* –“Electrónica – Audio y video – Discos compactos grabados con audio, video, datos y/o videojuegos – Información comercial e identificación del fabricante”.
NOM-186-SSA1/SCFI* –“Productos y servicios – Cacao, productos y derivados – I Cacao – II Chocolate – III Derivados – Especificaciones sanitarias – Denominación comercial”.
NOM-187-SSA1/SCFI* –“Productos y servicios. Masa, tortillas, tostadas y harinas preparadas para su elaboración”.
NOM-189-SSA1/SCFI*.“Productos y servicios – Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico”.
Para estás y cualquier otra norma, no dude en ponerse en contacto con nuestro departamento de VENTAS pariatur.
"Con orden y tiempo se encuentra el secreto de hacerlo todo, y de hacerlo bien."
– Pitágoras